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Hemos recopilado artículos o estudios teóricos de diversos autores, todos ellos relacionados con las trabajos de traducción con el fin de que sirvan de consulta para traductores o para cualquier otra persona interesada. La traducción jurídica: didáctica y aspectos textuales Anabel
Borja Albi
Hay varias razones de peso que justifican la enseñanza de la traducción jurídica. En primer lugar, existe una fuerte demanda del mercado ya que la importancia de la traducción jurídica ha aumentado considerablemente en los últimos años por razones diversas: 1. Por un lado, el comercio internacional da lugar a un gran número de figuras jurídicas ya que implica la firma de contratos de compraventa, de transporte, de seguros, de representación comercial etc. Además, los recientes acuerdos del GATT hacen prever que esta tendencia seguirá incrementándose. 2. Por otra parte, la creación de bloques político-económicos que intentan desarrollar sistemas jurídicos comunes ha supuesto un gran impulso para la traducción jurídica. El ejemplo que más nos interesa es el de la Unión Europea que está trabajando para armonizar los distintos sistemas y crea normas jurídicas de aplicación obligatoria para los quince países miembros que, obviamente, hay que traducir. 3. El tercer factor: la creciente movilidad de la población mundial y la generalización del turismo masivo han generado relaciones jurídicas y administrativas que requieren ser traducidas: ciudadanos extranjeros que otorgan testamento fuera de su país, agencias inmobiliarias que venden sus propiedades a extranjeros, nacionales de otros países que son víctimas o autores de un delito fuera de su patria. Otro aspecto
que debemos tener en cuenta es el fenómeno de especialización
que se observa en todas las ramas del saber y que en el campo de la
traducción tiene unas consecuencias especialmente importantes.
A los traductores se nos plantea con particular intensidad el dilema
de la superespecialización o la preparación para traducir
todo tipo de textos. Pero antes de seguir adelante y presentar una propuesta didáctica, parece conveniente definir la disciplina y ubicarla dentro de un marco teórico y metodológico. En particular, porque la mayoría de los trabajos sobre traducción especializada siguen centrados únicamente en la terminología. Nuestro planteamiento pretende resaltar la importancia de otros factores de funcionamiento textual como el campo temático o la clasificación por géneros que creemos van a marcar el futuro de la investigación en este campo. 2. Definición y ubicación de la disciplina Podríamos proponer una primera definición de la «traducción jurídica» como la traslación de una lengua a otra de los textos que se utilizan en las relaciones entre el poder público y el ciudadano (por ejemplo: denuncias, querellas, exhortos, citaciones, leyes) y también, naturalmente, de los textos empleados para regular las relaciones entre particulares con transcendencia jurídica ( que dan lugar a contratos, testamentos o poderes). Esta definición es absolutamente correcta pero sólo hace referencia a las funciones de los textos originales. Por tanto, creo que sería necesario ampliarla atendiendo a otras variables de análisis. A lo largo de la historia, se han dado diversas propuestas de clasificación de la traducción atendiendo a distintos criterios y parámetros que en términos generales Hurtado divide en clasificaciones por cambio de código (Jakobson), por el grado de traducibilidad (Neubert, House), por el método utilizado (Catford, Hewson & Martin), por criterios temáticos (textos pragmáticos frente a literarios). El desarrollo
que han conocido los estudios sobre la traducción ha generado
propuestas de clasificación mucho más exhaustivas y reveladoras.
De las diversas propuestas integradoras (Holmes, Snell-Hornby, Rabadán,
Hurtado) utilizaremos la propuesta por Hurtado (1996) para encuadrar
la traducción jurídica y como pretexto para hacer una
breve reflexión sobre las nociones centrales en esta especialidad. El funcionamiento
del texto original 2.1. Caracterización de la traducción jurídica según el modelo integrador de Hurtado (1994) Veamos ahora cómo se puede aplicar este modelo a la traducción jurídica. Analizando las diversas variables conseguiremos una caracterización de la disciplina que será determinante para la propuesta didáctica pues no es lo mismo enseñar a traducir por escrito originales escritos que preparar profesionales para hacer interpretación ante un tribunal y todo es traducción jurídica. 2.1.1.
Funcionamiento textual del original Para la sociolingüística, los textos jurídicos son manifestaciones de una determinada ideología discriminatoria, intentos de mantener el poder establecido que favorecen a la clase dominante (Goldman 1983; Danet 1984; Maynard 1984). Desde la teoría de los actos de habla también se ha escrito mucho y Hickey presenta una interesante reflexión sobre el valor interlocutorio de los textos legales en su artículo de 1992, «Notice is here by given». En fin,
desarrollar teóricamente este punto ocuparía todo el espacio
de que disponemos, así que nos limitaremos a caracterizar los
textos jurídicos según su campo temático, modo,
tono y funciones, sin entrar a debatir otros niveles de análisis
que se han propuesto. A pesar de ello, un texto jurídico puede presentar solapamientos con otros tipos de textos a nivel de campo temático. Pensemos por ejemplo en los contratos de compraventa de maquinaria industrial que contienen extensas especificaciones técnicas que no corresponden al campo temático del derecho.
Muchas veces se habla de traducción jurídica al referirse a estos textos, pero para mí la traducción de este tipo de documentos no entraría dentro del concepto de traducción jurídica sino en el de traducción jurada. Los traductores jurados se ocupan de traducir textos de cualquier campo temático actuando como una especie de fedatarios públicos que certifican la veracidad y fidelidad de la traducción. En cuanto
al modo y al tono, los textos legales pueden ser orales (la declaración
de un testigo, las intervenciones de los abogados ante el tribunal),
escritos (un poder notarial, una diligencia judicial), escritos para
ser leídos en voz alta, orales para ser grabados (grabaciones
de las declaraciones de un acusado), y su tono es por lo general extremadamente
formal o formal con rasgos ceremoniales y rituales que hunden sus raíces
en la historia (los formalismos que se observan en un juicio, las pelucas,
togas, las formas de dirigirse al tribunal, las fórmulas de promulgación
de las leyes). Un ejemplo
de esta multifuncionalidad la podemos ver en el análisis de una
sentencia española. El preámbulo, los antecedentes de
hecho y los hechos probados cumplen una función expositiva, los
fundamentos de derecho constituyen la argumentación jurídica
y el fallo es claramente un uso del lenguaje con función instructiva.
Y aunque normalmente el fallo sólo ocupa unas pocas líneas,
la función dominante de una sentencia es la instructiva, la indicación
de que se debe cumplir una condena, pagar una multa o realizar una determinada
acción.
La modalidad predominante en la traducción jurídica es la traducción escrita. El registro jurídico funciona principalmente a base de documentos escritos y es lógico que la modalidad de traducción más frecuente sea la que partiendo de un original escrito genere traducciones escritas. La traducción a la vista es otra modalidad habitual en esta especialidad y se utiliza en los juicios cuando el juez pide al intérprete que lea el acta redactada por el secretario en el idioma requerido, o cuando se le pide que traduzca a la vista una prueba documental. También se emplea en las notarías cuando el notario facilita al intérprete el documento (poder, escritura ) que va a leer y van a firmar las partes y le pide que lo traduzca a la vista. La interpretación
es otra modalidad ampliamente utilizada en el ámbito jurídico.
Pensemos en áreas geográficas fronterizas, como por ejemplo
California, donde la profesión de «Court Interpreter»
está muy desarrollada, o bilingües como Canadá o,
sin ir más lejos en nuestro propio país, España,
en donde se están multiplicando las causas en las que aparecen
implicados ciudadanos extranjeros que requieren asistencia lingüística. Sobre la interpretación ante los tribunales existe una abundante bibliografía que aborda el tema desde planteamientos muy diversos: se analizan los mecanismos de persuasión ante los tribunales, la forma de dar las órdenes al jurado y la influencia que esto puede tener en su decisión, el lenguaje de los testigos, y cómo debe actuar el intérprete ante todas estas manifestaciones del lenguaje forense (O'Barr, Goodrich, Danet).
En un curso sobre traducción especializada como el que vamos a presentar, la naturaleza de la traducción sería utilitaria en cuanto que se utilizan ejemplos y se hacen prácticas con objetivos pedagógicos.
Así pues, aunque a nivel teórico defendamos la conveniencia de traducir sólo a la lengua materna, lo cierto es que para encontrar trabajo a los traductores nos conviene practicar la traducción en ambos sentidos.
En la traducción de un contrato inglés el traductor jurídico no puede dedicarse a adaptar en versión libre el original a la estructura habitual del contrato español, pues esto podría tener consecuencias muy graves para las partes. Deberá respetar escrupulosamente la división en párrafos y subpárrafos del texto original para que cuando los clientes se refieran a algún punto en concreto del documento (subapartado 4.b de la cláusula segunda) puedan hallarlo sin dificultades. También deberá ser muy cauto al traducir los nombres de instituciones y organismos para que en caso de retraducción las partes no tengan problemas de identificación. Adoptando un enfoque puramente funcionalista, podríamos afirmar, como han hecho otros autores, que un contrato se traducirá según la función que vaya a tener la traducción y en ocasiones habrá que hacer una adaptación para que lo entienda un lego en derecho. Aunque en teoría estemos de acuerdo, en nuestra experiencia profesional, jamás se nos ha presentado esta circunstancia. Sin embargo,
en la traducción de una obra sobre filosofía del derecho,
o incluso en la argumentación jurídica de una sentencia,
el traductor podrá utilizar un método menos rígido. En general, tanto los teóricos como los profesionales de la traducción jurídica abogan por un planteamiento ecléctico que combine las diversas técnicas teniendo en cuenta las correspondencias entre sistemas jurídicos, el tema de que trata el texto, el destinatario y la función de la traducción etc. 3. Propuesta didáctica Una vez definida la traducción jurídica y vistas las distintas manifestaciones en que puede aparecer: traducción escrita de textos doctrinales, de documentos privados, de textos legislativos, interpretación ante los tribunales, traducción a la vista, etc., pasaremos a nuestra propuesta didáctica que se referirá exclusivamente a la enseñanza de la traducción de textos: Originales
escritos,
Se trata, ni más ni menos, de un recurso didáctico para motivar al estudiante y hacerle partícipe activo de su formación. Creo que el estudiante debe saber qué es lo que se le va a exigir para organizar mejor su aprendizaje en esta asignatura y en el resto del currículum. También es importante que sepa qué es lo que puede ganar traduciendo una página de texto. Es evidente que si pasa tres días para traducir una página, la calidad será excelente pero la rentabilidad de su trabajo será nula. Dentro de este objetivo general, identificamos una serie de objetivos específicos. El estudiante deberá conocer: El ámbito
de actividades del traductor jurídico.
El encargo
es el siguiente. Nos llaman de un despacho de abogados solicitando presupuesto
y plazo de entrega para traducir un Memorandum y Articles of Association
(escritura de constitución y estatutos sociales). Les entrego
el documento que es auténtico y que consta de 15 páginas. Tiempo
que le puedes dedicar si el precio medio del mercado para traducción
especializada es de x pesetas palabra.
Todos los estudiosos del tema citan como característica distintiva del lenguaje legal su complejidad. A este respecto, habría que señalar que la complejidad de este lenguaje no proviene sólo de la gramática sino que es consecuencia de los aspectos pragmáticos que lo contextualizan, no puede atribuirse únicamente a factores lingüísticos sino a la combinación de una estructura conceptual compleja que impone una forma de expresión muy sofisticada. La segunda
razón de peso para que el traductor conozca el campo temático
es la falta de equivalencias entre sistemas legales que el traductor
debe suplir con un profundo conocimiento de los ordenamientos jurídicos
que la traducción como acto de comunicación intercultural
pone en contacto. Ahora bien, yo personalmente no conozco ninguna figura jurídica española que se corresponda con el trust del derecho angloamericano ni ninguna sociedad mercantil inglesa que se corresponda exactamente con nuestra comunidad de bienes, ni ningún tribunal inglés que sea equivalente a nuestro tribunal constitucional. De hecho, encontrar una traducción para estos términos no es tarea fácil ni automática. La experiencia y el conocimiento de los conceptos legales en uno y otro idioma es la única forma de solucionar estos problemas de equivalencia teniendo en cuenta las consecuencias legales que una determinada solución traductora puede tener. Dominar
el campo temático no es tarea fácil pues los juristas
cursan carreras de 4 ó 5 años para saber «un poco
de derecho» y realmente se especializan en una u otra rama de
esta disciplina en el ejercicio de su profesión. Difícil,
sí, imposible, no, especialmente si delimitamos objetivos realistas,
organizamos bien el aprendizaje y tenemos claro que los conocimientos
que necesita el traductor son de tipo utilitario. Para este curso de
iniciación, planteamos los siguientes objetivos específicos: Por un lado, organizamos seminarios y debates impartidos por profesores de derecho. La ventaja de impartir estas enseñanzas en el marco de la universidad es que nuestros estudiantes pueden asistir a las clases y seminarios de derecho, utilizar su biblioteca y consultar a los profesores.
Veamos por último dos de los ejercicios de explicación y debate en clase que planteamos en este apartado: EJERCICIO
1. Entregamos a los alumnos un programa de estudios de la titulación
de Derecho en España y les pedimos que en grupos de tres o cuatro
personas preparen para exponer en la próxima clase una breve
descripción de cada una de las asignaturas, que constituyen las
ramas o subespecialidades del Derecho: derecho civil, penal, procesal,
administrativo. En la siguiente sesión exponen sus hallazgos
y a continuación entregamos programa de estudios de la Facultad
de Derecho de Cambridge y les pedimos que establezcan equivalencias. Al mismo tiempo se detectará la existencia de varios «falsos amigos» que se detectan en los programas tales como: Jurisprudence que no se traduce como Jurisprudencia sino como Filosofía del derecho, las diferencias entre Law y Act, etc. EJERCICIO
2. Otro ejercicio de comparación entre la realidad extratextual
que da lugar a los textos legales se puede organizar con la planta judicial.
Entregamos a los alumnos dos esquemas con la jerarquía de los
juzgados en España y el Reino Unido. Los estudiantes deberán
investigar de qué asuntos se ocupa cada tribunal, cuáles
son las vías de apelación, qué tipo de jueces se
pueden encontrar en cada tribunal etc.
A efectos didácticos utilizamos la clasificación por géneros. Entendemos por géneros las categorías que los hablantes de una lengua pueden reconocer fijándose en su forma externa y en las situaciones de uso. En nuestro caso serían ejemplos de géneros los contratos, poderes notariales, testamentos, libro de texto, libro de doctrina, cartas legales, citación... Como clasificación temática general, en la que encuadramos los distintos géneros, propondremos la sugerida por varios catedráticos de derecho con los que hemos consultado, a saber: 1. Textos
normativos 5.a. Documentos
privados
3.1.4.
Dominio de las fuentes de documentación Conocer
las fuentes
Diccionarios
generales: Monolingües
Enciclopedias
temáticas
Como ejemplo
de la metodología aplicada en este caso, veamos uno de los ejercicios
que les propongo Buscar
textos que versen sobre el mismo tema en español y tengan función
similar al texto en lengua origen. Textos paralelos.
Aprender
técnicas y estrategias para construir un vocabulario jurídico
sistemático Señalar
los términos «calientes» y buscar sus significados
en varios diccionarios: monolingües generales y especializados
en lengua de partida, bilingües generales y especializados, monolingües
en lengua de llegada. Anotar todos los hallazgos.
Adquirir
competencia en la comprensión del lenguaje jurídico en
inglés Los ejercicios que utilizamos en la fase de comprensión intentan ayudar a los estudiantes a reconocer y analizar las estructuras sintácticas propias del lenguaje jurídico que se caracterizan por tener un grado de complejidad mayor que las de otros tipos de lenguaje no especializado y a reconocer aspectos de cohesión y coherencia textual típicos de los textos jurídicos. Además trabajamos con las estructuras típicas de los distintos géneros. Este es uno de los ejercicios de comprensión que les planteo en clase:
Dominar
la redacción jurídica en español EJERCICIO 1: Planteamos a los estudiantes la situación siguiente: un juzgado de su ciudad, en España, se ocupa de un proceso en el que están implicados súbditos británicos. El juez desea tomarles declaración. Les pedimos que redacten el escrito que el juzgado remitiría a las autoridades judiciales inglesas para solicitar una colaboración judicial internacional. Les explicaremos que existen modelos de exhortos que cumplen esta función, que se denominan cartas rogatorias y que es conveniente hacer una labor de investigación antes de intentar redactar por sí mismos el escrito. Lo que esperamos de ellos es que acudan a un juzgado y consigan un modelo de este tipo de documento. Reformular
correctamente en español los distintos tipos de textos legales
resolviendo los problemas de equivalencia de forma dinámica Adoptaremos un enfoque por tareas intermedias para cada género que trabajemos que nos servirá para imbricar las distintas destrezas que hemos trabajado con anterioridad. La selección de materiales es un tema crucial en esta fase y nos limitaremos a traducir textos correspondientes a los géneros que ya hemos analizado previamente. Seleccionamos los géneros intentando que presenten paralelismos con los mismos géneros en español, que no planteen demasiados problemas conceptuales o lingüísticos y que traten sobre temas que resulten familiares para los estudiantes. Como se
habrá podido observar, hemos trabajado sólo con unos cuantos
géneros: contratos, poderes, sentencias, libro de texto y carta
rogatoria pues nuestro objetivo es que al finalizar este curso el estudiante
tenga claro cuáles son las funciones de estos documentos, cómo
es su estructura habitual, qué fraseología utilizan, qué
terminología específica va a aparecer y, por supuesto,
que cuente con una base de documentos tipo traducidos que le serán
de gran utilidad en su vida profesional. |
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